RGPD son las siglas del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (también conocido por sus siglas en inglés: GDPR). Entró en vigor el 25 de mayo de 2016 y el pasado 25 de mayo de 2018 es cuando su aplicación fue definitiva definitivamente.

El RGPD es de obligado cumplimiento para todas las Instituciones Europeas, organizaciones y personas que tratan con datos personales. Pero también se aplica a entidades de países fuera de la UE y que gestionen datos personales de ciudadanos de la Unión.

Está dirigido a Organismos de la Unión Europea y empresas pero también afecta a cualquiera que un tratamiento de datos personales de terceros.

El RGPD no afecta almacenamiento y uso que cada uno hacemos de nuestros contactos personales. Pero si, por ejemplo, tienes un blog en el que has incluido un sistema de comentarios y/o un formulario de contacto desde el cual guardas los datos personales de quienes lo rellenan y envían, entonces sí estás obligado a cumplir con el RGPD. Si, además, utilizas estos datos obtenidos para enviarles comunicaciones por email, boletines o newsletters con mayor razón debes asegurarte de cumplir con este reglamento. En la mayoría de estos casos los datos que vas a tratar son los que la AEPD considera de bajo riesgo.

No será así si solo publicas contenido en el Blog y no guardas datos personales de nadie.

Si necesitas ayuda para adaptarte al RGPD, ya sea en tu blog, sitio web, tienda online, en la gestión de notificaciones o boletines a tus clientes o contactos puedes escribirnos usando el formulario de contacto

Entre las novedades que incluye el RGPD hay una que brilla con luz propia: la cuantía de las multas por el incumplimiento de este reglamento puede llegar a los 20 millones de euros o al 4% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior.